México debate nuevas reglas para radio y televisión: las seis claves de la regulación de audiencias
El Gobierno de México abrió una consulta pública para definir nuevas reglas sobre los contenidos de radio y televisión.

La propuesta busca establecer obligaciones para los medios electrónicos, entre ellas diferenciar entre noticias, opiniones y publicidad, crear defensorías de audiencias y adoptar códigos de ética.
El proyecto, impulsado durante la administración de Claudia Sheinbaum, también contempla sanciones económicas ante eventuales incumplimientos. La iniciativa generó un debate entre autoridades, concesionarios, organizaciones civiles y sectores políticos, principalmente por el alcance que podría tener la intervención estatal sobre la actividad periodística y la libertad de expresión.
La discusión se desarrolla además en un contexto de creciente preocupación por las agresiones contra periodistas en México. Según el informe Estructuras del silencio, elaborado por Artículo 19 y publicado en mayo de 2026, durante 2025 se registraron 451 agresiones contra periodistas, aproximadamente una cada 19 horas.
El mismo documento contabilizó un incremento de los casos vinculados con abuso del poder público, que pasaron de 114 en 2024 a 153 durante 2025.
1. ¿De dónde surgen los derechos de las audiencias?
Los derechos de las audiencias tienen antecedentes en México desde 2013, cuando fueron incorporados al artículo 6 de la Constitución como una garantía para quienes reciben contenidos de radio y televisión.
La legislación secundaria avanzó en 2014 con la entonces Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Sin embargo, en 2017 una reforma impulsada por sectores del PAN eliminó parte de esas disposiciones.
En 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que aquella modificación era inconstitucional y consideró que implicaba un retroceso en materia de derechos de las audiencias.
El Congreso retomó la cuestión en julio de 2025, cuando aprobó una nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión que recuperó y amplió esos derechos.
La normativa estableció que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) debía elaborar los lineamientos necesarios para hacerlos efectivos.
La CRT reemplazó al antiguo Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y quedó vinculada a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, dependiente del Gobierno federal.
El anteproyecto fue publicado el 24 de julio y presentado por la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, durante una conferencia presidencial.
2. ¿Qué deberán hacer las radios y los canales de televisión?
Los nuevos lineamientos alcanzan a los concesionarios de radio, televisión abierta, televisión y audio de paga, además de empresas programadoras, tanto comerciales como públicas y sociales.
En principio, la propuesta no incluye a la prensa escrita, los portales digitales ni las redes sociales.
Entre las principales obligaciones aparece la elaboración de un código de ética, que deberá establecer los criterios editoriales del medio, los mecanismos para elegir al defensor de las audiencias y los procedimientos para recibir reclamos.
Cada medio deberá contar además con al menos un defensor de audiencias, quien deberá actuar con independencia, imparcialidad y sin conflictos de interés.
En el caso de las radios y televisoras comunitarias, indígenas y afromexicanas, la persona designada deberá pertenecer a la comunidad correspondiente.
Otro de los puntos centrales consiste en identificar claramente qué tipo de contenido se está transmitiendo. Para ello, los medios deberán diferenciar entre noticias, opiniones y publicidad, mediante recursos como placas, cortinillas o mensajes en pantalla.
La propuesta también contempla el derecho de réplica ante la difusión de información falsa o inexacta y establece medidas de accesibilidad para personas con discapacidad auditiva.
3. ¿Cómo funcionaría el sistema de reclamos?
El mecanismo previsto contempla diferentes etapas y pretende priorizar la autorregulación antes de llegar a una eventual sanción.
En primer lugar, cualquier persona podrá presentar una queja ante la defensoría de audiencias del propio medio.
La defensoría deberá solicitar información al concesionario, analizar si existió una vulneración de los derechos de las audiencias y emitir una recomendación en un plazo máximo de 20 días.
Si el medio no atiende la recomendación, el expediente podrá avanzar hacia la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones.
En determinados casos considerados graves, la CRT podrá aplicar sanciones económicas. El proyecto contempla multas de entre el 0,01% y el 1% de los ingresos anuales del concesionario.
Sheinbaum sostuvo que las sanciones deberían constituir la última instancia y defendió la idea de que el sistema tenga como eje la autorregulación.
4. ¿Quién determinará qué información es falsa?
Uno de los principales puntos de controversia está relacionado con la definición de información falsa o descontextualizada.
Los lineamientos establecen que los medios no deberían difundir información falsa, descontextualizada o presentada como actual cuando corresponde a hechos históricos.
El problema señalado por los críticos es que el proyecto no definiría con suficiente precisión quién determina cuándo un contenido encaja dentro de esas categorías ni bajo qué criterios.
La abogada Mariana Calderón Arámburu, especialista en derecho electoral y derechos humanos, cuestionó que la propuesta pueda generar dificultades para establecer dónde termina la información y comienza la opinión, especialmente porque el trabajo periodístico suele incorporar contexto, análisis e interpretación.
Desde Artículo 19, Marta Tudón también manifestó preocupación por la posibilidad de que una regulación de estas características termine interviniendo sobre las líneas editoriales de los medios.
Por su parte, Irene Levy, de Observatel, sostuvo que el proyecto podría exceder las atribuciones otorgadas por la legislación al crear nuevas facultades, procedimientos y consecuencias sancionatorias.
5. ¿Qué dicen los medios, jueces y la oposición?
Las objeciones no provienen únicamente de partidos opositores. La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) respaldó el objetivo de proteger a las audiencias, pero cuestionó distintos aspectos del anteproyecto.
La entidad advirtió sobre posibles ambigüedades y riesgos de discrecionalidad. También planteó reparos sobre el mecanismo de revisión de las decisiones de los defensores de audiencias, el alcance de las sanciones y la posibilidad de que las denuncias anónimas sean utilizadas para ejercer presión sobre periodistas y comunicadores.
La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) también expresó reparos y sostuvo que la propuesta podría afectar la libertad de expresión y favorecer la autocensura.
Desde la oposición, el coordinador del PRI en el Senado, Manuel Añorve, cuestionó el alcance de las nuevas reglas y advirtió sobre la posibilidad de que se utilicen para determinar qué contenidos pueden considerarse falsos o descontextualizados.
La presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Kenia López Rabadán, reclamó que la protección de las audiencias no se transforme en una herramienta para limitar la libertad editorial.
También planteó un interrogante sobre las conferencias presidenciales transmitidas por medios públicos y pidió establecer cómo deberían clasificarse esos contenidos.
Desde Morena, Ricardo Monreal defendió la iniciativa y sostuvo que exigir mayor veracidad a los medios no equivale a censura. No obstante, reconoció que todavía no conocía la versión definitiva de los lineamientos.
6. ¿La regulación podría alcanzar a internet y la prensa escrita?
El debate podría extenderse más allá de la radio y la televisión.
Sheinbaum planteó que en el futuro podría analizarse la conveniencia de incorporar a la regulación a la prensa escrita y las plataformas digitales, aunque actualmente esos espacios están excluidos del anteproyecto.
La posibilidad generó preocupación entre organizaciones vinculadas con la libertad de expresión, especialmente debido al contexto de violencia y hostigamiento contra periodistas en México.
El relator especial del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Leopoldo Maldonado, había advertido sobre la diversificación de las agresiones contra la prensa, que incluyen asesinatos, hostigamiento público, descalificaciones y acciones judiciales.
¿Cuándo termina la consulta pública?
La consulta pública sobre los nuevos lineamientos tiene como fecha de cierre el 21 de agosto de 2026.
Ciudadanos, medios de comunicación, especialistas, académicos y organizaciones de la sociedad civil pueden presentar observaciones sobre el proyecto.
Por el momento, no existe una fecha definida para la entrada en vigor de la versión definitiva.
El resultado de la consulta será clave para determinar el alcance final de las reglas y responder una de las principales preguntas que atraviesan el debate: cómo garantizar los derechos de las audiencias y combatir la desinformación sin convertir la regulación en una herramienta de censura o de control sobre la actividad periodística.
NoticiasD
21 Agosto 2026