Madres de niños con autismo ya no podrán ser maestras sombra y deberán pagar apoyo profesional

Una nueva directriz educativa en Ecuador limita el acompañamiento de familiares dentro de las aulas y genera preocupación entre madres de niños con autismo

Madres de niños con autismo ya no podrán ser maestras sombra y deberán pagar apoyo profesional

Las nuevas directrices del Ministerio de Educación de Ecuador modificaron las condiciones para el acompañamiento de estudiantes con autismo y discapacidad dentro de las instituciones educativas. La normativa establece diferentes figuras de apoyo y limita la participación de familiares dentro del aula, una decisión que genera preocupación entre madres que hasta ahora acompañaban personalmente a sus hijos.

El cambio afecta especialmente a familias que no pueden afrontar el costo de contratar a un profesional especializado. Según testimonios de madres, una maestra sombra puede superar los USD 800 mensuales, un gasto que se suma a terapias, consultas médicas, medicamentos y otros tratamientos que requieren los niños con necesidades de apoyo permanente.

Elena Sosa, madre de 2 niños de 6 y 13 años con autismo grado 3, representa uno de esos casos. Durante los últimos años, ella misma cumplió la función de acompañante para evitar un gasto que su economía familiar no podía sostener. Sin embargo, con la nueva disposición, ya no podrá permanecer dentro del aula junto a sus hijos.

Sosa recuerda que su hijo mayor necesita supervisión constante. Cuando tenía 5 años, salió de una institución educativa sin que nadie pudiera evitarlo y terminó en una comisaría. La experiencia reforzó la preocupación de la familia por dejarlo sin un acompañamiento permanente durante la jornada escolar.

“Él depende totalmente de mí, no puede estar solo en la escuela”, explicó la madre, quien ahora enfrenta la posibilidad de que sus hijos queden sin el apoyo que necesitan para participar de las actividades educativas.

La situación económica agrava el problema. Sosa asegura que no puede afrontar un pago mensual superior a USD 800 porque ya destina buena parte de sus ingresos a alimentación, medicamentos, consultas con especialistas y terapias.

El hijo mayor, que hasta hace poco asistía a una institución fiscal, pasará a una modalidad de clases virtuales. Según relató la madre, desde la Unidad Distrital de Apoyo a la Inclusión le informaron que recibirá clases virtuales junto con grupos de terapia.


Las madres pasarán a cumplir tareas de apoyo funcional

La nueva regulación contempla 3 figuras diferentes para el acompañamiento de estudiantes: docente de apoyo externo, acompañante terapéutico externo y persona de cuidado o apoyo funcional.

Las 2 primeras categorías requieren perfiles profesionales vinculados con educación, psicopedagogía, psicología, terapia del lenguaje, neuropsicología u otras especialidades relacionadas. En cambio, la categoría de apoyo funcional contempla a auxiliares de enfermería, cuidadores certificados, técnicos en atención a personas con discapacidad y familiares que acrediten capacitación adecuada para atender al estudiante.

La diferencia resulta fundamental para las madres. Quienes ingresen como apoyo funcional no podrán intervenir en las actividades pedagógicas, evaluaciones ni cuestiones disciplinarias. Tampoco podrán tomar decisiones médicas, educativas o institucionales.

En la práctica, su participación quedará limitada a tareas vinculadas con el cuidado personal. Por ejemplo, podrán ayudar al niño a ir al baño, cambiarse de ropa o atender otras necesidades básicas, pero deberán permanecer fuera del aula.

Jessica Gómez atraviesa una situación similar. Durante 7 meses contrató una maestra sombra para acompañar a su hijo, pero el costo de la contratación y las obligaciones laborales asociadas hicieron imposible mantener ese esquema. Por eso dejó de trabajar y comenzó a acompañarlo personalmente.

Durante 1 año y medio ingresó junto a su hijo al aula para ayudarlo con las actividades escolares. Desde septiembre, sin embargo, la nueva regulación impedirá que continúe realizando esa tarea.

“Estamos en la categoría de acompañantes funcionales, que es solamente para actividades fuera del salón”, explicó Gómez, quien también debió realizar un curso de primeros auxilios para obtener una certificación.

Los cursos representan otro gasto para las familias. En instituciones como la Cruz Roja pueden costar alrededor de USD 50, aunque algunas organizaciones ofrecen capacitaciones gratuitas, como ocurrió en el caso de Gómez a través de la Fundación Autismo Visible.


Las familias cuestionan los nuevos requisitos para los profesionales

Las modificaciones también alcanzan a las familias que sí pueden contratar acompañantes externos. Los establecimientos educativos pueden solicitar documentación relacionada con la persona que ingresará a la institución para asistir al estudiante.

Una madre de un niño de 5 años con autismo, que pidió preservar su identidad por temor a sufrir discriminación, contó que el colegio le solicitó un oficio para explicar la necesidad del acompañamiento, además del currículum y el título de la profesional.

La mujer aseguró que durante el año anterior otra institución no le había exigido esa documentación. Además, algunas familias denunciaron que determinados establecimientos solicitan acuerdos o compromisos con condiciones cuyo incumplimiento podría generar dificultades para mantener el cupo del estudiante en el siguiente ciclo escolar.

El Ministerio de Educación sostiene que ningún requisito administrativo puede impedir el acceso, la permanencia, la participación o la culminación de los estudios. Entre los documentos considerados necesarios para validar a un profesional externo figuran su título o acreditación y un certificado de antecedentes. Sin embargo, la normativa también permite que las instituciones soliciten documentación adicional que consideren pertinente.

Cynthia Andino, abogada y presidenta de la Fundación Aleluya, señaló que al menos una familia informó a la organización que un establecimiento le exigió una declaración juramentada para permitir el ingreso de un profesional que acompañe al estudiante dentro del aula.

La abogada recordó que la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece obligaciones relacionadas con la inclusión. El artículo 28 dispone que el Sistema Nacional de Educación debe implementar estrategias de atención educativa inclusiva y brindar apoyos personales, tecnológicos y pedagógicos. El artículo 29, además, establece la provisión de servicios públicos, recursos y apoyos educativos especializados.

El Ministerio aclara en sus directrices que la presencia de un profesional externo no constituye un requisito obligatorio para acceder, permanecer, avanzar o finalizar los estudios. Sin embargo, las familias cuestionan esa afirmación porque sostienen que, cuando un especialista determina que un niño necesita acompañamiento, eliminar ese apoyo puede afectar directamente su aprendizaje y su participación en la escuela.

Para madres como Sosa y Gómez, el problema no se limita a una cuestión administrativa. También involucra el acceso efectivo a la educación de niños que necesitan apoyos específicos. Mientras las familias reclaman alternativas que no dependan de su capacidad económica, la aplicación de las nuevas directrices abre un debate sobre inclusión, acompañamiento y las responsabilidades del sistema educativo ecuatoriano.

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NoticiasD

25 Agosto 2026