Suben las multas de la Caminera: las infracciones que pueden costar $4,3 millones en Córdoba
La actualización de la Unidad Fija modificó las sanciones por faltas leves, graves y muy graves en las rutas cordobesas.

Un error al volante puede tener un impacto fuerte en el bolsillo de los conductores que circulan por las rutas provinciales. Con la actualización del valor de la Unidad Fija (UF), las multas de la Policía Caminera de Córdoba alcanzan nuevos montos y, en los casos más severos, pueden superar los $4 millones.
La modificación quedó formalizada mediante la resolución 48 de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El nuevo valor de referencia fue fijado en $2.160 por UF y se aplica a las infracciones contempladas por la Ley Provincial de Tránsito 8.560.
Cuánto hay que pagar por cada tipo de infracción
El sistema establece distintas escalas según la gravedad de la falta. A partir de la actualización, los valores quedan de la siguiente manera:
- Leves: entre 20 y 100 UF, equivalentes a $43.200 y $216.000. Pueden implicar la pérdida de hasta 2 puntos de la licencia.
- Graves: de 100 a 200 UF, con multas de $216.000 a $432.000 y una quita de entre 2 y 5 puntos.
- Muy graves: de 200 a 400 UF, con sanciones que llegan hasta $864.000 y una pérdida de hasta 20 puntos.
- Máximas: de 1.200 a 2.000 UF, con montos de $2.592.000 a $4.320.000.
En las infracciones de mayor gravedad, la sanción económica puede estar acompañada por la inhabilitación para conducir y, en determinadas situaciones, por una denuncia penal.

Las faltas que pueden generar una multa de hasta $864.000
Dentro de las infracciones muy graves se encuentran algunas de las conductas que generan mayor impacto sobre el sistema de puntos.
La normativa permite considerar muy grave una infracción cuando las condiciones en las que fue cometida aumentaron el riesgo para terceros. Para determinarlo pueden evaluarse factores como la cantidad de vehículos, el estado y las características de la ruta, las condiciones climáticas y la visibilidad.
También están incluidas conductas específicas como:
- Circular sin el seguro obligatorio contra terceros.
- Abandonar el lugar después de participar en un accidente.
- Generar contaminación ambiental.
La escala para estas faltas llega hasta 400 UF, es decir, $864.000 con el nuevo valor.
Qué pasa con las infracciones graves
Las faltas graves tienen una escala de entre 100 y 200 UF. Entre ellas aparecen incumplimientos vinculados con la velocidad, el adelantamiento, las prioridades de paso y el sentido de circulación.
También se consideran graves determinadas situaciones relacionadas con el estacionamiento, la iluminación del vehículo, las condiciones técnicas de seguridad y la documentación exigida para circular.
La normativa incluye además la conducción negligente o temeraria, la omisión de auxilio ante un accidente, la participación en carreras y competencias entre vehículos y el consumo de sustancias capaces de afectar las facultades psicofísicas del conductor.

Fumar al volante y otras infracciones leves
En el escalón inferior se encuentran las infracciones leves, que abarcan aquellas conductas que no fueron clasificadas expresamente como graves o muy graves.
Una de las situaciones contempladas es fumar mientras se conduce. En estos casos, la escala va de 20 a 100 UF, con multas de hasta $216.000 y una posible pérdida de hasta dos puntos de la licencia.
Las multas que pueden llegar a $4,3 millones
El salto más importante aparece en las denominadas infracciones máximas. Allí se ubican las sanciones de entre 1.200 y 2.000 UF.
Con el nuevo valor establecido para la Unidad Fija, esto significa que las multas parten de $2.592.000 y pueden llegar a $4.320.000.
La escala contempla, entre otras situaciones, casos de alcoholemia positiva y hechos que impliquen la destrucción de infraestructura. Además del castigo económico, pueden aplicarse otras consecuencias sobre la licencia de conducir.
Cuándo una multa puede agravarse todavía más
El régimen también contempla circunstancias agravantes que pueden incrementar de manera significativa la sanción.
Si el juez de faltas determina que existieron determinados factores, las multas pueden triplicarse y alcanzar los $2.521.200 en los supuestos correspondientes.
Entre las situaciones consideradas agravantes figuran haber puesto en peligro inminente la salud de otras personas, provocar daños materiales, fingir la prestación de un servicio de emergencia u oficial o utilizar indebidamente una franquicia.
También puede aumentar la sanción cuando la conducta dificulta la prestación de un servicio público o cuando un funcionario comete la falta aprovechándose de su condición.
NoticiasD
7 Octubre 2026