La Corte Suprema analizará si Gildo Insfrán puede competir por otro mandato en Formosa
El máximo tribunal aceptó intervenir en el planteo contra la cláusula constitucional que habilitaría al gobernador a buscar una nueva reelección en 2027

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró competente para intervenir en la causa que cuestiona la posibilidad de que el gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, vuelva a presentarse como candidato en las elecciones provinciales de 2027.
El planteo fue presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que reclama que se declare inconstitucional la cláusula transitoria de la Constitución provincial que permitiría al actual mandatario competir nuevamente por la gobernación.
La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. El máximo tribunal decidió correr traslado de la demanda a la provincia de Formosa, que tendrá 60 días para presentar su respuesta a través del Fiscal de Estado.
La discusión tiene como eje la interpretación de la reforma constitucional realizada recientemente en Formosa y, particularmente, una disposición transitoria que podría permitir que Insfrán vuelva a competir por un mandato correspondiente al período 2027-2031.
Qué cuestiona la oposición formoseña
La Confederación Frente Amplio Formoseño sostiene que la cláusula transitoria incorporada a la Constitución provincial contradice distintos artículos de la Constitución Nacional, entre ellos los artículos 1°, 5°, 37 y 123.
El espacio opositor también plantea que la disposición provincial entra en conflicto con principios establecidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Carta Democrática Interamericana.
Uno de los principales argumentos gira alrededor de la alternancia en el poder. Según la presentación, permitir una nueva candidatura de Insfrán implicaría desconocer los límites establecidos para evitar la permanencia indefinida de una misma persona al frente del Poder Ejecutivo.
La Confederación está integrada por diferentes fuerzas opositoras de Formosa, entre ellas la UCR, el PRO y la Coalición Cívica.
El planteo adquiere especial relevancia porque Insfrán gobierna Formosa desde 1995 y busca competir nuevamente en 2027, acompañado por su actual vicegobernador, Eber Solís.
El antecedente que ya había involucrado a la Corte
La nueva intervención del máximo tribunal tiene como antecedente una causa presentada por el mismo espacio opositor en diciembre de 2024.
En aquella oportunidad, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa, que habilitaba la reelección indefinida del gobernador y del vicegobernador.
A partir de esa decisión, el tribunal ordenó a la provincia modificar su Constitución para adecuar la normativa cuestionada.
El Gobierno de Insfrán impulsó entonces una reforma constitucional que reemplazó el artículo observado por el actual artículo 156, inspirado en el artículo 90 de la Constitución Nacional. La nueva disposición establece un límite de una reelección consecutiva para los mandatarios provinciales.
Sin embargo, la reforma incorporó una cláusula transitoria que abrió una nueva discusión judicial.
La cláusula que puede habilitar una nueva candidatura
La Convención Constituyente de Formosa estableció que el mandato que se encontraba en ejercicio al momento de sancionarse la reforma “deberá ser considerado como primer mandato”.
La oposición sostiene que esa disposición genera una excepción que permitiría a Insfrán presentarse nuevamente, pese a que ya lleva varios períodos consecutivos al frente del Poder Ejecutivo provincial.
La misma interpretación alcanzaría a Eber Solís, quien podría buscar una tercera candidatura consecutiva como vicegobernador.
El conflicto, por lo tanto, ya no se centra en la posibilidad de una reelección indefinida en términos generales, sino en determinar cómo debe computarse el mandato que estaba vigente cuando se aprobó la reforma constitucional.
Ahora será la Corte Suprema la que deberá analizar los argumentos de las partes y determinar si la cláusula transitoria resulta compatible con la Constitución Nacional.
La UCR celebró la decisión de la Corte Suprema
La resolución generó una reacción inmediata dentro de la Unión Cívica Radical, que destacó la decisión del máximo tribunal de asumir competencia originaria en la causa.
El Comité Nacional de la UCR felicitó al radicalismo formoseño y, en particular, a la legisladora y presidenta del partido en la provincia, Agostina Villagi, por el impulso dado a la presentación judicial.
Desde el partido señalaron que la intervención de la Corte representa un paso importante en la defensa de la Constitución Nacional, la alternancia democrática y los principios republicanos.
La conducción nacional del radicalismo también cuestionó la cláusula transitoria porque, según sostuvo, permitiría una novena candidatura consecutiva de Insfrán y una tercera de Solís.
Mientras tanto, la provincia de Formosa tendrá ahora 60 días para responder formalmente a la demanda. Luego, la Corte deberá avanzar en el análisis de fondo de una disputa que puede definir si el actual gobernador estará habilitado para competir nuevamente en las elecciones de 2027.
La decisión tendrá además una relevancia política nacional, ya que pondrá nuevamente bajo análisis los límites constitucionales a las reelecciones de los gobernadores y el alcance del principio de alternancia en el poder dentro del sistema federal argentino.
Con información de NA
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21 Agosto 2026